Cuarentena: Cómo tramitar el permiso único de circulación
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Cuarentena: Cómo tramitar el permiso único de circulación

Desde mañana aquellos exceptuados del aislamiento obligatorio que necesiten transitar en sus vehículos por las calles de todo el país deberán tener este permiso. Te contamos cómo sacarlo.

Cuarentena: Cómo tramitar el permiso único de circulación

A partir de mañana, 1 de abril entrará en vigencia el "Certificado Único Habilitante para Circulación" (CUHC). El mismo está dirigido a todos los habitantes que queden exceptuados del régimen de aislamiento social obligatorio y preventivo, indicados en el articulo 6 del Decreto Presidencial 297/20, y no dispongan de una acreditación estatal previa válida para trasladarse en transporte público o vehículo particular.

El Ministerio del Interior informó que tendrá carácter de declaración jurada para los aplicantes por lo que, el eventual falseamiento de datos dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente.

“Después del decreto que fijó el aislamiento social preventivo era necesario tener un sistema unificado y con criterio único para emisión de autorizaciones de circulación en todo el país", indicó el ministro de la cartera Eduardo de Pedro.

Por otro lado explicaron que las personas que tengan que movilizarse por razones de fuerza mayor, estarán exceptuados de tramitar el Certifiado Unico Habilitante de Circulación. Solamente deberán acreditar su caso con documentación fehaciente que explique y compruebe el por qué  circulan por la calle.

En la página de noticias del Gobierno Nacional dejaron los pasos para iniciar el permiso.

Pasos para acceder al certificado

  1. Acceder a la web de Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar)
  2. Ingresar y registrarse con DNI.
  3. Número de trámite (el N° de trámite se encuentra en la parte frontal del DNI), sexo y luego de ingresar los datos presiona el botón de INICIÁ SESIÓN.
  4. Luego el sistema mostrará el listado de trámites disponibles en la plataforma. Ingresando el nombre del trámite o alguna palabra clave en la barra de búsquedas podrás localizarlo para darle inicio. 
  5. Oprimir INICIAR TRÁMITE. Allí el sistema mostrará una primera pantalla con tus datos Personales, allí presionar el botón CONTINUAR. En la pantalla siguiente y proceder a completar el formulario “Permiso de Circulación” con la información solicitada (todos los campos son obligatorios).
  6. Completados los requisitos, al hacer click en CONFIRMAR TRÁMITE, el sistema confirmará la recepción de la documentación e inicio exitoso del trámite con un número de expediente.
  7. Una vez registrada la Solicitud de Permiso de Circulación el solicitante será comunicado en la plataforma Trámites a Distancia. Se podrá tomar conocimiento de tal comunicación en la solapa NOTIFICACIONES. 

Para descargar el permiso de libre circulación, ir la solapa MIS TRÁMITES, FINALIZADOS. Luego, hacer doble click sobre el expediente en cuestión, o bien, oprimir el botón “Consultar expediente”. Se mostrarán todos los documentos del trámite y allí descargar el denominado “PERMISO DE CIRCULACIÓN”.

Exceptuados a tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Para todas estas actividades seguirán en vigencia las autorizaciones que ya han sido puestas en funcionamiento desde el establecimiento de la cuarentena obligatoria.

 

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