La Municipalidad de Ciudad estableció las restricciones para los bares
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La Municipalidad de Ciudad estableció las restricciones para los bares

La Ciudad de Mendoza explicó a cómo serán las multas según las ventas en los establecimientos gastronómicos de su municipio. Te contamos cómo circular y cuales serán las multas.

La Municipalidad de Ciudad estableció las restricciones para los bares

Luego del anuncio del gobernador Suarez el lunes pasado, donde determinó que por 15 días no se podrán realizar juntadas familiares y estarán cerrados los bares de la provincia, la Ciudad de Mendoza estableció las prohibiciones que alcanzan a 741 locales a partir del 5 de agosto.

Las medidas, según explicó el gobierno provincial, busca evitar mayores contagios por COVID-19

 

La Municipalidad capitalina explicó que en su ámbito no existe la clasificación de establecimientos gastronómicos bajo el rubro “bares”,  por lo tanto no existen establecimientos habilitados como tales. Si bien existen establecimientos cuyo nombre de fantasía se refiere a “bar”, se encuentran habilitados bajo alguno de los rubros determinados en la Ordenanza Tarifaria Municipal.

En tal sentido y a los fines de dar cumplimiento a la normativa provincial, la Ciudad ha procedido a determinar el alcance de la actividad equivalente a la que se realiza en los denominados “bares”. De esta manera, entiende como tales aquellos establecimientos donde se expenden bebidas sin la preparación y despacho de comidas elaboradas en cocina y servidas al plato.

En consecuencia, dicho municipio determinó cómo se implementará  esta nueva disposición en los locales habilitados de Capital, que cuenta con 298 restaurantes/parrillas, 152 pizzerías/sandwicherías y 291 minimarkets. Muchos de los mismos, tienen habilitado el expendio de bebidas y, en su dinámica de funcionamiento, podrían ser equiparados a los llamados “bares”.

“El cumplimiento de las medidas que estamos estableciendo es fundamental para evitar el crecimiento de los contagios. En este sentido, seguimos apelando al aislamiento voluntario para cuidarnos entre todos y, en especial, cuidar a los grupos más vulnerables”, manifestó el intendente Ulpiano Suarez.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

En la Ciudad ningún establecimiento gastronómico podrá funcionar como bar. La medida alcanza a 741 locales a partir de hoy. En la ciudad no hay comercios registrados como bares, pero a los fines de dar cumplimiento a la normativa provincial, se entenderá como tales a aquellos establecimientos donde se expenden bebidas sin la preparación y despacho de comidas elaboradas en cocina y servidas al plato. Muchos comercios tienen habilitado el expendio de bebidas y, en su dinámica de funcionamiento, podrían ser equiparados a los llamados “bares”, por lo que de esa manera no podrán funcionar y deberán acomodar sus actividades a la normativa. En nuestra web encontrá las disposiciones dispuestas por el decreto Decreto 843/2020. . #NosCuidamosEntreTodos

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Por lo tanto, la Ciudad estableció una normativa que dispone la:

  1. Prohibición del expendio de bebidas sin consumo de comida elaborada en cocina y servida al plato, en todos los locales gastronómicos (restaurantes, parrilladas, pizzerías y sandwicherías). Es decir, ninguno de estos locales de la Ciudad podrá solo vender bebidas si estas no son acompañadas de una comida elaborada y que se sirva al plato. Es importante destacar que los acompañamientos que no son elaborados en cocina, no son considerados comida.
  2. Prohibición de la atención en las barras y/o mostrador en todos los establecimientos antes mencionados.
  3. Prohibición de la venta de bebidas para consumo en el lugar en minimarkets, también conocidos como drugstores.

 

Sobre la circulación y las sanciones

Para asistir a los locales gastronómicos, se requiere reserva previa, conforme a la normativa provincial, con la cual los clientes podrán circular. Luego de asistir al establecimiento, se deberá tener disponible en papel o formato digital el ticket o factura coincidente con la reserva. La obligación rige para el/la titular de la reserva y acompañantes.

En caso de incumplimiento a las prohibiciones establecidas, las sanciones son:

  • Multa de $5.000 pesos para el cliente infractor.
  • Multa de $50.000 para el establecimiento y clausura en el caso de reincidencia.

En el caso de circulación sin reserva previa y sin la constancia de asistencia (tickets o factura), se labrarán las actuaciones en infracción.

 

 

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